Abogado de Oficio A Coruña
Es imprescindible como requisito para acceder a un abogado de oficio en A Coruña o a una asistencia jurídica gratuita en la provincia de A Coruña, justificar una serie de condiciones previstas dentro de la legislación, las cuales se explican detalladamente a continuación.
- Abogado de Oficio A Coruña
- Como solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en A Coruña
- Dónde Solicitar Abogado de Oficio en A Coruña
- ¿Quién tiene derecho a un Abogado de Oficio en A Coruña?
- Recursos económicos para Solicitar Asistencia Jurídica Gratis en A Coruña
- Documentación para solicitar un Defensor Público en A Coruña
- Procedimiento del Servicio de Asesoramiento Jurídico Gratuito de Coruña
- Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en A Coruña
- Entradas Relacionadas
Como solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en A Coruña
Los ciudadanos con derecho a la asistencia jurídica gratuita en A Coruña deben solicitar previamente cita previa y posteriormente cumplimentar los formularios de solicitud elaborados por la Xunta de Galicia.
Este modelo de solicitud de ayuda jurídica gratuita, junto con la respectiva documentación, se presentará en los servicios de orientación jurídica del Colegio de Abogados de A Coruña o en el Juzgado o Tribunal en el que se esté tramitando el correspondiente procedimiento, o en el Juzgado de su lugar de residencia si no se ha iniciado el proceso.
Para iniciar el proceso se requieren los siguientes datos:
- Nombre y apellidos.
- Número de DNI.
- Lugar y medio elegido para la notificación.
- La fecha de la solicitud.
- Los datos personales del cónyuge.
- Datos de identificación de los familiares que convivan con el peticionario.
- Información que acredite la condición económica del solicitante y de su unidad familiar.
- Situación personal y familiar (estado de salud, obligaciones económicas, etc.).
- Demanda que se hará valer ante los tribunales y la fase procesal en la que se encuentra.
- Descripción de la parte o partes contrarias en el litigio, en caso de que las haya.
Dónde Solicitar Abogado de Oficio en A Coruña
Cuando se solicita un abogado de oficio en A Coruña, es necesario remitirse a la sede del Colegio de Abogados de A Coruña o al juzgado más próximo a su residencia:
Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña
- Dirección: Rúa Federico Tapia, 11, bajo, 15005 A Coruña
- Horario: De lunes a jueves de 08:30 a 19:30 h, viernes de 08:30 a 18:30 h.
- Teléfono: 981 126 090
- Correo electrónico: solicitudesajg@icacor.es

Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita A Coruña
- Dirección: Rúa Monforte, s/n – Edificio Juzgados – 4ª Planta CP 15007 A Coruña
- Horario: Imprescindible pedir cita previa
- Teléfono: 981 185 179 – 981 185 229
- Correo electrónico: solicitudesajg@icacor.es

¿Quién tiene derecho a un Abogado de Oficio en A Coruña?
Personas físicas:
- Con carácter general: Los españoles, ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que residan legalmente en España, cuando demuestren insuficiencia de medios para pleitear.
- Las personas extranjeras en situación de no residencia que justifiquen la falta de recursos para litigar, dispondrán del derecho a la asistencia jurídica y a la defensa y representación legal gratuita en la jurisdicción penal, dentro de los procesos administrativos o judiciales que den lugar a la negativa de entrada, a su expulsión o devolución del territorio español y en todos los procesos en materia de asilo.
- Excepcionalmente, no será preciso probar la insuficiencia económica en la jurisdicción militar, como tampoco en el orden jurisdiccional social para trabajadores y beneficiarios del sistema de la Seguridad Social.
Personas jurídicas:
- De forma general: No tendrán derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.
Con carácter excepcional:
- Sin tener la necesidad de justificar la escasez de recursos: Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, las sociedades de consumidores y usuarios y la Cruz Roja.
- Acreditando la insuficiencia de medios: aquellas asociaciones que sean declaradas de utilidad pública y las Fundaciones que se encuentren inscritas en el registro administrativo correspondiente.
Lectura de Interés
Recursos económicos para Solicitar Asistencia Jurídica Gratis en A Coruña
En A Coruña existen límites económicos para solicitar el servicio de asesoramiento jurídico gratuito, que se determinan de la siguiente manera.
Personas físicas: Cuando sus medios y rendimientos económicos, computados anualmente y por unidad familiar, no excedan del doble del salario mínimo interprofesional en vigor en el momento de la solicitud.
Personas jurídicas: Cuando su base imponible en el Impuesto de Sociedades no supere el importe equivalente a tres veces el salario mínimo interprofesional en cómputo anual.
Unidad Familiar | IPREM | Total Anual |
---|---|---|
1 Miembro | X2 | 13.896,48 € |
Max 3 Miembros | X2.5 | 17.370,06 € |
4 Miembros o Familia Numerosa | X3 | 20.844,72 € |
Casos Excepcionales* | X5 | 34.741,12 € |
Lectura de Interés
La unidad familiar se compone de las siguientes variantes:
- La constituida por sus cónyuges no separados legalmente y los hijos menores que convivan con ellos.
- Aquella formada por el padre o la madre y los hijos menores con los que conviven.
Se valoran los medios económicos de forma individual, siempre que existan intereses familiares enfrentados en el litigio para el que se solicita la asistencia (divorcio, separación, modificación de medidas etc.).
(*) Se puede reconocer por causas excepcionales (art. 5 Ley de Asistencia Jurídica Gratuita) aún excediendo los límites económicos contemplados, sin superar nunca el quíntuplo del IPREM, cuando concurran los siguientes supuestos:
- Situación familiar
- El número de hijos o familiares a su cargo
- Tasas judiciales y otros gastos del proceso
- Ascendientes de una familia numerosa de categoría especial.
- Otros de carácter análogo.
- Incapacidad o estado de salud para procesos vinculados a las circunstancias de salud o discapacidad.
En todos los casos, se les reconoce el derecho:
- Víctimas de violencia de género,
- A los menores de edad, a las personas con discapacidad que sean víctimas de abusos o malos tratos.
- A quienes como resultado de un accidente acrediten tener secuelas de carácter permanente que les incapaciten para trabajar o valerse por sí mismos en las circunstancias más esenciales de la vida cotidiana, siempre que el objeto del juicio sea la reclamación de una compensación por daños y perjuicios.
En caso de víctimas de abusos o malos tratos:
- El beneficio de la gratuidad se perderá, en el caso de que la víctima exceda de los límites económicos, en el caso de que se dicte sentencia absolutoria firme o sobreseimiento definitivo del proceso penal, sin que exista la obligación de pagar el coste de las prestaciones que haya disfrutado gratuitamente hasta ese momento.
Documentación para solicitar un Defensor Público en A Coruña
Los documentos que se detallan seguidamente no se requieren para todos los casos, aunque serán analizados según la situación de cada solicitante y las causas que se aducen en la solicitud, las cuales tienen que estar documentadas.
Con todo, se trata de una lista aproximada sobre la documentación que puede ser necesaria dependiendo del procedimiento:
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante.
- Certificado de liquidación del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio (del conjunto de la unidad familiar).
- Informe de liquidación del Impuesto de Sociedades (si se trata de personas jurídicas).
- Copia de la declaración de utilidad pública o de la inscripción en el Registro de Fundaciones (en caso de personas físicas).
- Las fundaciones (si son personas jurídicas).
- Fotocopia del permiso de circulación o bien el certificado de la Jefatura Provincial de Tráfico (únicamente en el caso de tratarse de delitos contra la seguridad del tráfico).
- Certificado de rótulos externos del Ayuntamiento en el que se ubique el domicilio.
- Fotocopia del libro de familia.
- Informe de empadronamiento.
- Certificado de empresa de conceptos salariales.
- Certificado del SEPE de duración del paro y percepción de subsidios.
- Fotocopia del contrato de alquiler de la vivienda habitual, o, en su caso, copia del recibo mensual.
- Fotocopias de los títulos de propiedad de los inmuebles. Certificado de valores.
- Otros (algún tipo de informe o documento que permita acreditar los datos alegados).
Lectura de Interés
Procedimiento del Servicio de Asesoramiento Jurídico Gratuito de Coruña
Los solicitantes deben comparecer ante el S.O.J. del Colegio de Abogados de A Coruña o ante el Juzgado de su domicilio, si no residen en el lugar donde tenga su sede el Juzgado o Tribunal que haya de conocer el proceso principal, para instar el reconocimiento del derecho de Asistencia Jurídica Gratuita, a cuyo fin se les facilitarán los impresos de
solicitud, que deberán entregarse por duplicado ante los órganos antes mencionados y en la fecha que allí se les indique.
Si el interesado no comparece en la fecha indicada se procederá al archivo de su solicitud.
Si el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de A Coruña, estimara que la documentación aportada es insuficiente o defectuosa se requerirá al solicitante para que subsane las deficiencias en el plazo de 10 días, transcurridos los cuales, sin que hayan sido subsanados los defectos apreciados se procederá al archivo de la solicitud.
Cuando la documentación aportada es completa, se le notificará, en caso de que se estime que no supera los ingresos y recursos máximos, el Letrado y Procurador designados provisionalmente. En caso de no comparecer se archivará la solicitud. Estas designaciones no suponen un reconocimiento del derecho a la Justicia Gratuita, ya que está supeditada a la ratificación, en su caso, por la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita.
En caso de que el S.O.J. de A Coruña no dictara resolución alguna en el plazo de quince días, a contar desde la petición o desde el requerimiento para subsanar la documentación aportada, el solicitante podrá reiterar su solicitud ante la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita de A Coruña.
En el supuesto de que la resolución del S.O.J. de A Coruña fuera negativa, se elevará la solicitud a la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, la cual continuará con la tramitación del expediente adoptan la resolución definitiva en vía administrativa.
La declaración errónea, el falseamiento y ocultación de datos por el solicitante de asistencia jurídica gratuita, que hayan sido determinantes para el reconocimiento del derecho, darán lugar, en todo caso, a su revocación por parte de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita de Coruña.
En los supuestos en que se produzca desestimación definitiva de la solicitud ante la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, la designación provisional realizada por el Servicio de Orientación Jurídica de A Coruña quedará sin efecto, debiendo satisfacer el interesado los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.
Los interesados en el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita podrán impugnar las resoluciones de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita de Coruña, tanto las denegatorias, como las que reconozcan el derecho, en el plazo de diez días desde la notificación de aquella ante el Secretario de la misma, por escrito, de forma motivada y sin
necesidad de asistencia letrada. La impugnación se tramitará ante el Juzgado o Tribunal competente.
Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en A Coruña
Seguidamente, le ofrecemos los impresos que necesita para pedir un abogado de oficio en A Coruña: