Abogado de Oficio Ávila
El Colegio de Abogados de Ávila, a través de su Servicio de Orientación Jurídica, es el encargado de resolver las solicitudes de acceso a un abogado de oficio en Ávila, para lo cual es imprescindible cumplir una serie de requisitos personales y económicos establecidos por la ley, que se presentan a continuación.
- Abogado de Oficio Ávila
- Como pedir un Abogado de Oficio en Ávila
- Dónde solicitar Abogado de Oficio en Ávila
- ¿Quién tiene derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila?
- Requisitos económicos para solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
- Documentación para solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
- Beneficios del Asesoramiento Jurídico Gratuito en Ávila
- Formulario para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
- Entradas Relacionadas
Como pedir un Abogado de Oficio en Ávila
Antes de iniciar un procedimiento de justicia gratuita en Ávila, se debe rellenar y firmar el formulario de solicitud de justicia gratuita, señalando claramente en el apartado de asunto y solicitud el tipo de procedimiento que se desea iniciar, así como los datos de la parte contraria (nombre, apellidos y domicilio). Los documentos solicitados deben adjuntarse al formulario.
En caso de que haya iniciado un procedimiento judicial y haya sido notificado por el tribunal, deberá rellenar y firmar el formulario de solicitud de justicia gratuita y además deberá solicitarlo al juzgado que tramita el asunto y comparecer personalmente ante él o presentar un escrito dirigido al juzgado que tramita el asunto, solicitando un aplazamiento del plazo y adjuntando la prueba de que ha solicitado la justicia gratuita o presentarlo junto con el formulario de solicitud de justicia gratuita, firmado y totalmente cumplimentado, para que el juzgado lo remita al Colegio de Abogados de Ávila.
La simple presentación del formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita en el Colegio de Abogados de Ávila no interrumpe los plazos del procedimiento, pero esta suspensión debe solicitarse siempre al tribunal.
En todos los casos, la solicitud y la documentación deben presentarse en persona o enviarse a:
Dónde solicitar Abogado de Oficio en Ávila
El órgano competente para tramitar la asistencia jurídica gratuita en Ávila es el Colegio de Abogados, con sede en:
Ilustre Colegio de Abogados Ávila
- Dirección: Cl. del Rastro n.º 2, 3º, C.P. 05001 – Ávila
- Horario: De lunes a viernes de 10:00 a 10:45 h. (Presentación de Solicitudes)
- Teléfono: 920 21 12 81
- Página Web: icaavila.com
- Correo Electrónico: icaavila@icaavila.com

¿Quién tiene derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila?
En los márgenes y con el alcance previsto en esta ley y en los correspondientes tratados y acuerdos de derecho internacional en los que España participa, tienen derecho a la asistencia jurídica:
- Españoles, ciudadanos de otros estados miembros de la Unión Europea y extranjeros que se encuentren en España cuando demuestren que no tienen recursos suficientes para competir.
- En cualquier caso, las entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social.
- caso.
- En el orden jurisdiccional social, los trabajadores y beneficiarios del sistema de la Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio como para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales.
- Asimismo, los trabajadores y beneficiarios del sistema de seguridad social tienen derecho a asistencia jurídica gratuita para los litigios en este ámbito ante los tribunales administrativos.
- En el orden contencioso-administrativo, así como en los procedimientos administrativos precedentes, los extranjeros que demuestren no tener recursos suficientes para impugnar tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la defensa y representación gratuitas en los procedimientos que puedan dar lugar a la denegación de su entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, así como en todos los procedimientos de asilo.
- En los procedimientos judiciales transfronterizos en materia civil y mercantil, las personas físicas mencionadas en el capítulo VIII de la presente ley, en las condiciones establecidas en el mismo.
Las siguientes personas jurídicas podrán recurrir cuando demuestren que no tienen recursos suficientes para impugnar:
- Asociaciones de interés público, según lo previsto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2000, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
- Fundaciones inscritas en el registro público correspondiente.
Para más información, consulte:
Lectura de interés: Ley de Asistencia Jurídica Gratuita
Requisitos económicos para solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
Personas físicas que, no teniendo patrimonio suficiente, disponen de recursos económicos e ingresos brutos, calculados anualmente por todos los conceptos y por hogar, que no superan los siguientes tramos:
Unidad Familiar | IPREM | Total Anual |
---|---|---|
1 Miembro | X2 | 13.557,60 € |
Max 3 Miembros | X2.5 | 17.097 € |
4 Miembros o Familia Numerosa | X3 | 20.516,4 € |
Casos Excepcionales* | X5 | 33.894 € |
Lectura de interés: IPREM
La unidad familiar está formada por los cónyuges no separados legalmente (a los que se asimilan las parejas de hecho constituidas según los requisitos que les corresponderían) y, en su caso, los hijos menores de edad, a excepción de los hijos emancipados. También la formada por el padre o la madre y los hijos menores.
Los medios económicos podrán ser valorados individualmente cuando el solicitante demuestre la existencia de intereses contrapuestos entre los miembros de la unidad familiar en el litigio para el que se solicita la ayuda.
Las siguientes personas jurídicas en las que, a falta de activos suficientes, el resultado contable de la entidad en el cómputo anual fue inferior al importe equivalente a tres veces el indicador de ingresos públicos de efectos múltiples:
- Asociaciones de utilidad pública.
- Fundaciones inscritas en el registro público correspondiente.
En el orden jurisdiccional social, los trabajadores y beneficiarios del sistema de la Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio como para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales.
Con independencia de la existencia de recursos económicos, las víctimas de la violencia de género, del terrorismo y de la trata de seres humanos en los procedimientos que tengan relación, sean consecuencia o se deriven de su condición de víctimas, así como los menores y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.
Este derecho también se aplica a las personas a cargo en caso de muerte de la víctima, siempre que no hayan participado en los hechos.
A efectos de la concesión de la asistencia jurídica gratuita, la condición de víctima se adquirirá cuando se presente una denuncia o se inicie un proceso penal por alguno de los delitos contemplados en este punto, y se mantendrá mientras dure el proceso penal o cuando, tras su conclusión, se dicte sentencia condenatoria.
El beneficio de la asistencia jurídica gratuita se perderá tras la sentencia absolutoria firme, o el sobreseimiento definitivo o provisional, por no haberse acreditado los hechos delictivos, sin obligación de abonar el coste de los servicios que se hayan prestado gratuitamente hasta ese momento.
Independientemente de la existencia de recursos para litigar, las personas que, como consecuencia de un accidente, tengan secuelas permanentes que les impidan totalmente realizar las tareas de su profesión u ocupación habitual y requieran la asistencia de un tercero para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, cuando el objeto del litigio sea una reclamación de indemnización por los daños personales y morales sufridos.
Con independencia de la existencia de recursos para litigar, las asociaciones cuyo objeto es la promoción y defensa de los derechos de las víctimas del terrorismo, tal y como indica la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y protección integral de las víctimas del terrorismo.
(*)Excepcionalmente, teniendo en cuenta la situación familiar del solicitante, el número de hijos o parientes a su cargo, los gastos judiciales y de otro tipo derivados de la incoación del procedimiento, u otros gastos de la misma naturaleza, objetivamente valorados, y en todo caso cuando el solicitante sea ascendiente de una familia numerosa de categoría especial, se podrá conceder el derecho a las personas cuyos recursos e ingresos, aun superando los límites establecidos, no superen el quíntuplo del indicador público de renta a efectos múltiples, teniendo en cuenta también la ausencia de patrimonio suficiente.
Lectura de interés: Abogado de Oficio
Documentación para solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
El formulario de solicitud de asistencia jurídica deberá ir acompañado de toda la documentación que acredite la situación económica de la unidad familiar (matrimonio e hijos menores de edad), incluyendo lo siguiente:
- Fotocopia del DNI, permiso de residencia o pasaporte.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de empadronamiento y convivencia, expedido por el municipio de residencia.
- Certificado de impuestos locales del municipio de residencia
- Fotocopia de todas las hojas de la declaración del I.R.P.F. del último ejercicio o, en su defecto, certificado negativo expedido por la Delegación de Hacienda, o certificado del I.R.P.F. con tasas.
- Justificante de los saldos de las cuentas mantenidas en bancos y cajas de ahorro.
- Certificado de la Oficina Provincial de Matriculación de Vehículos a su nombre.
- Certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que conste si se percibe una pensión, subsidio o ayuda de carácter público.
- Certificación expedida por la Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de residencia, en el que conste si es beneficiario de una pensión, beca o ayuda de carácter público.
- Certificación catastral de la propiedad a nombre de los miembros de la familia.
- Si el alojamiento es alquilado, una fotocopia del contrato de alquiler o una copia del recibo mensual.
- Si el alojamiento es en propiedad, una copia del recibo de la contribución o de la escritura de propiedad.
- En el caso de estar separado o divorciado, una fotocopia de la sentencia de separación o divorcio y del convenio regulador aprobado.
Según la situación laboral:
Empleado :
- Certificado de vida profesional expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Certificado de los conceptos salariales de la empresa o fotocopia de las últimas 6 nóminas del año.
Trabajador autónomo:
- Certificado de vida profesional.
- Fotocopia de la última declaración trimestral del IVA y del IRPF.
Desempleados:
- Certificado de vida profesional expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Certificado de la Oficina de Trabajo en el que se indique si está inscrito y, en caso de estar percibiendo alguna prestación o subsidio, la cuantía y el periodo de percepción.
Si solicita la justicia gratuita, pero es libre de elegir abogado o procurador (artículo 27 de la Ley de Justicia Gratuita):
- Declaración del abogado y procurador libremente elegidos de que renuncian al cobro de sus honorarios y costas y declaración por el honor del demandante de que tienen conocimiento de esta renuncia.
Aviso Importante
Tenga en cuenta que deben presentarse los documentos de todos los miembros de la familia, en particular del cónyuge o pareja de hecho y, si el solicitante es menor de edad, de los padres.
Beneficios del Asesoramiento Jurídico Gratuito en Ávila
Entre otras prestaciones, recogidas en el artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, toda persona beneficiaria de la misma tiene derecho a:
- La designación de un abogado de oficio para que le defienda y represente en los procedimientos en los que su intervención sea obligatoria. Si la intervención no es obligatoria, el tribunal puede exigir que la designación del abogado se solicite al Colegio de Abogados.
- Asistencia gratuita de un experto en caso de necesidad.
- Exención del pago de las tasas judiciales que se le impondrán a menos que obtenga una mejor fortuna en un plazo de 3 años.
- Exención del pago de las tasas judiciales, así como del pago de los depósitos exigidos para la presentación de recursos.
- Publicación gratuita de avisos o edictos en periódicos oficiales.
- Reducción de los gastos de notaría y registro.
Formulario para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Ávila
Adjuntamos el formulario de solicitud de inscripción en formato PDF para solicitar un abogado de oficio en Ávila, para cumplimentar y entregar en el servicio de orientación jurídica de Ávila: