Abogado de Oficio Cádiz
Con el objetivo de solicitar un Abogado de Oficio en Cádiz o recurrir a la asistencia jurídica gratuita en la provincia de Cádiz, hay que cumplir un conjunto de condiciones básicas que se detallan a continuación.
- Abogado de Oficio Cádiz
- Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Cádiz
- Colegio de Abogados de Cádiz
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Algeciras)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Arcos de la Frontera)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (La Línea)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (San Fernando)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Chiclana de la Frontera)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Puerto de Santa Maria)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Puerto Real)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Rota)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Sanlúcar de Barrameda)
- Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Ubrique)
- ¿Quién tiene derecho a un Abogado de Oficio en Cádiz?
- Requisitos Económicos para Pedir Abogado de Oficio en Cádiz
- Documentación para solicitar un Abogado de Oficio en Cádiz
- Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Cádiz
- Entradas Relacionadas
- Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Cádiz
Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Cádiz
Para solicitar un abogado de oficio en Cádiz hay que dirigirse a la sede del Colegio de Abogados de Cádiz más cercana a su domicilio:
Colegio de Abogados de Cádiz
- Dirección: C/ Tamarindos, 17-19, CP 11007 Cádiz
- Horario: De lunes a viernes de 10:00 a 13:00 h.
- Teléfono: 956 287 611
- Página Web:www.icadiz.org

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Algeciras)
- Dirección: C/ Alfonso XI, 14-2º CP 11201 Algeciras
- Teléfono: 956 662 100
- Correo Electrónico: algeciras@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Arcos de la Frontera)
- Dirección: Calle Luis G. Berlanga esquina con Calle Jaime Chávarri (edificio juzgados). C P 11630 Arcos de la Frontera
- Teléfono: 956 704 489
- Correo Electrónico: arcos@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (La Línea)
- Dirección: Calle Feria N.º 2 CP 11300, La Línea de la Concepción
- Teléfono: 956 690 092
- Correo Electrónico: lalinea@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (San Fernando)
- Dirección: Pl. San José s/n.º (Edificio Juzgados), CP 11100, San Fernando
- Teléfono: 956 750 488
- Correo Electrónico: sanfernando@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Chiclana de la Frontera)
- Dirección: Pl. Retortillo S/N (Edificio Juzgados), Chiclana CP 11130.
- Teléfono: 956 404 189
- Correo Electrónico: chiclana@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Puerto de Santa Maria)
- Dirección: C/ Dr. Duarte de Acosta, (Edificio Juzgados), CP 11500 Puerto de Santa Maria
- Teléfono: 856 395 843
- Correo Electrónico: elpuertodesantamaria@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Puerto Real)
- Dirección: Avda. de la Constitución esquina con c/ Abeto (Edificio Juzgados), CP 11510 Puerto Real
- Teléfono: 856 210 040
- Correo Electrónico: puertoreal@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Rota)
- Dirección: C/ Celestino Mutis S/N (Edificio Juzgados), CP 11520, Rota
- Teléfono: 856 397 489
- Correo Electrónico: rota@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Sanlúcar de Barrameda)
- Dirección: Plaza Antonio Pigafetta S/N (Edificio Juzgados) CP 11540, Sanlúcar de Barrameda.
- Teléfono: 856 395 856
- Correo Electrónico: sanlucar@icadiz.net

Sede del Colegio de Abogados de Cádiz (Ubrique)
- Dirección: Calle Juzgado s/n Edif. Juzgados. CP 11600 Ubrique
- Teléfono: 856 395 855
- Correo Electrónico: ubrique@icadiz.net

¿Quién tiene derecho a un Abogado de Oficio en Cádiz?
Para poder acogerse al Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita en Cádiz y solicitar un abogado de oficio son necesarios los siguientes requisitos personales que exige la ley.
Personas físicas que pueden optar a un abogado de oficio en Cádiz:
- Personas nacidas en España
- Ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Los ciudadanos extranjeros que residan en España.
- Los trabajadores y beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, dentro del ámbito jurisdiccional social, ya sea para la defensa en juicio como para el ejercicio de las actuaciones vinculadas a la efectividad de los derechos laborales en el proceso concursal.
- Los trabajadores y beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social para los contenciosos o litigios que en esta materia se sustancien ante el orden contencioso-administrativo.
- Los ciudadanos extranjeros que se encuentren en proceso de rechazo de entrada en España, devolución o expulsión del territorio español, o en materia de asilo.
Personas jurídicas que pueden solicitar a un abogado de oficio en Cádiz:
- Las asociaciones de servicio público.
- Las fundaciones incluidas en el registro público correspondiente.
Excepciones para pedir Asistencia Jurídica Gratuita en Cádiz:
- Víctimas de la violencia de género, del terrorismo y de la trata de seres humanos en los procesos que estén vinculados o sean consecuencia de su condición de víctimas.
- Personas menores de edad y personas con discapacidad, en todos aquellos procedimientos en los que resulten víctimas de abusos o malos tratos.
- Las víctimas que, tras sufrir un accidente, presenten secuelas que les impidan el desarrollo de su función profesional y necesiten la intervención de otras personas para llevar a cabo sus actividades de la vida cotidiana, en los procedimientos de demanda de indemnización por los daños personales y morales sufridos.
Lectura de Interés
Requisitos Económicos para Pedir Abogado de Oficio en Cádiz
Tendrán acceso a la asistencia jurídica gratuita en Cádiz las personas físicas que tengan unos recursos e ingresos económicos en la unidad familiar (cónyuge o pareja de hecho e hijos menores de edad) que computen anualmente por todos los efectos y no excedan de los límites del Indicador de Renta de Efectos Múltiples existente en el momento de realizar la solicitud (art. 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, modificada por el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero):
Unidad Familiar | IPREM | Total Anual |
---|---|---|
1 Miembro | X2 | 13.553,52 € |
Max 3 Miembros | X2.5 | 16.941,9 € |
4 Miembros o Familia Numerosa | X3 | 20.330,28 € |
Casos Excepcionales* | X5 | 32.270,40 € |
Lectura de Interés
Forman parte de la unidad familiar las siguientes modalidades:
- La constituida por sus cónyuges no separados legalmente y los hijos menores que convivan con ellos.
- Aquella formada por el padre o la madre y los hijos menores con los que conviven.
Se valoran los medios económicos de forma individual, siempre que existan intereses familiares enfrentados en el litigio para el que se solicita la asistencia (divorcio, separación, modificación de medidas etc.).
(*) Se puede reconocer por causas excepcionales (art. 5 Ley de Asistencia Jurídica Gratuita) aún excediendo los límites económicos contemplados, sin superar nunca el quíntuplo del IPREM, cuando concurran los siguientes supuestos:
- Situación familiar
- El número de hijos o familiares a su cargo
- Tasas judiciales y otros gastos del proceso
- Ascendientes de una familia numerosa de categoría especial.
- Otros de carácter análogo.
- Incapacidad o estado de salud para procesos vinculados a las circunstancias de salud o discapacidad.
En todos los casos, se les reconoce el derecho:
- Víctimas de violencia de género,
- A los menores de edad, a las personas con discapacidad que sean víctimas de abusos o malos tratos.
- A quienes como resultado de un accidente acrediten tener secuelas de carácter permanente que les incapaciten para trabajar o valerse por sí mismos en las circunstancias más esenciales de la vida cotidiana, siempre que el objeto del juicio sea la reclamación de una compensación por daños y perjuicios.
En caso de víctimas de abusos o malos tratos:
- El beneficio de la gratuidad se perderá, en el caso de que la víctima exceda de los límites económicos, en el caso de que se dicte sentencia absolutoria firme o sobreseimiento definitivo del proceso penal, sin que exista la obligación de pagar el coste de las prestaciones que haya disfrutado gratuitamente hasta ese momento.
Documentación para solicitar un Abogado de Oficio en Cádiz
- Solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita (formulario de la Junta de Andalucía) debidamente cumplimentada. (Descargar)
- Anexo I de la solicitud de asistencia jurídica gratuita debidamente cumplimentado.
debidamente cumplimentado. (Descargar) - Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia (Mostrar el original para su cotejo).
- Certificado de signos externos del Ayuntamiento del declarante.
- Declaración IRPF/ Patrimonio/ Sociedades/ de los miembros de la unidad familiar.
unidad familiar.
En caso de no estar obligado a realizar la declaración del IRPF:
- Anexo II de la solicitud de asistencia jurídica gratuita.
debidamente cumplimentado. - Certificado de los centros de trabajo y las altas y bajas de la seguridad social, o
- Alta y baja en la Seguridad Social, o
- Certificado de empresa de conceptos salariales o última nómina, o
nómina, o - Certificado del SEPE u organismo competente, de la percepción del desempleo
de la percepción de las prestaciones por desempleo y del periodo
concedido.
Lectura de Interés
Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Cádiz
Descarga y rellena todos los formularios necesarios para solicitar letrado de oficio en Cádiz: