Abogado de Oficio Huelva
El acceso al servicio de asistencia jurídica gratuita en Huelva y poder optar a un abogado de oficio en Huelva exige acreditar un conjunto de características previstas por la ley, las cuales detallamos a continuación.
- Abogado de Oficio Huelva
- Como solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Huelva
- Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Huelva
- Solicitar Cita Previa Abogado de Oficio Hueva
- ¿Quién puede solicitar un Abogado de Oficio en Huelva?
- Documentación para solicitar un Abogado de Oficio en Huelva
- Prestaciones y Beneficios comprendidos en el derecho a la asistencia jurídica gratuita en Huelva
- Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Huelva
- Entradas Relacionadas
Como solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Huelva
El Ilustre Colegio de Abogados de Huelva, pone a disposición de los ciudadanos y ciudadanas que lo necesiten la posibilidad de iniciar el procedimiento de asistencia jurídica gratuita de manera presencial para lo cual es necesario solicitar información a través del enlace que os dejamos a continuación:
De igual forma, está la alternativa de dirigirse directamente a las sedes del servicio de orientación jurídica que a continuación enumeramos.
Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Huelva
Si quiere tramitar el servicio de asistencia jurídica gratuita en Huelva, debe dirigirse al Colegio de Abogados de Salamanca o la oficina de asesoramiento jurídico más próxima a su residencia:
Ilustre Colegio de Abogados de Huelva
- Dirección: Plaza de los Abogados s/n, CP: 21003, Huelva
- Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
- Teléfono: 959 252 833
- Correo electrónico: susanadelgado@icahuelva.es

Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita Huelva
- Dirección: Avda. de Alemania 12-14. Cp. 21071, Huelva
- Horario: De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 h.
- Teléfono: 671 658 017 / 18 / 959 002 000
- Correo electrónico: fax.svjusticia.huelva.dgob@juntadeandalucia.es

Ilustre Colegio de Abogados sede Ayamonte
- Dirección: Avda. Alcalde Narciso Martin Navarro 29, bajo-B CP. 21400, Ayamonte (Huelva)
- Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
- Teléfono: 959 732 867

Solicitar Cita Previa Abogado de Oficio Hueva
Para pedir cita previa y tener acceso a un abogado de oficio en Huelva es preciso ponerse en contacto a través del siguiente número de teléfono:
¿Quién puede solicitar un Abogado de Oficio en Huelva?
Personas Físicas:
- Por personas físicas se entiende: Ciudadanos españoles, los nacionales de otros Estados de la Unión Europea y los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España.
Quienes acrediten recursos insuficientes para litigar:
- Aquellas personas que, carentes de un patrimonio suficiente, cuenten con recursos económicos brutos y rentas, computadas de forma anual, por todos los conceptos y por unidad familiar, que no excedan de los siguientes umbrales:
Unidad Familiar | IPREM | Total Anual |
---|---|---|
1 Miembro | X2 | 13.557,60 € |
Max 3 Miembros | X2.5 | 16.947 € |
4 Miembros o Familia Numerosa | X3 | 20.336,40 € |
Casos Excepcionales* | X5 | 33.894 € |
Lectura de Interés
La valoración de los recursos económicos se efectuará de forma individual si el solicitante demuestra la existencia de intereses familiares opuestos en el pleito para el que se solicita la ayuda, tales como la separación o el divorcio.
A efectos de valorar la existencia de patrimonio se tomará en consideración la titularidad de bienes inmuebles cuando constituyan la residencia habitual del solicitante, al igual que los rendimientos del capital mobiliario.
(*) Casos Excepcionales:
- Las circunstancias de la familia del solicitante, el número de hijos o familiares a cargo, los gastos judiciales y otros costes derivados de la apertura del procedimiento, u otros de naturaleza análoga, valorados objetivamente y, en todo caso, siempre que el solicitante tenga la condición de ascendiente de familia numerosa de categoría especial.
- Las circunstancias de salud del solicitante y de las personas con discapacidad indicadas en el punto 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, de no discriminación y de acceso universal de las personas con discapacidad, al igual que las personas a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre y cuando las actuaciones estén vinculadas a las citadas circunstancias de salud o discapacidad que justifican este reconocimiento excepcional.
La defensa de sus propios derechos o intereses en el litigio:
La asistencia jurídica gratuita en Huelva únicamente puede concederse para pleitos en defensa de los intereses de terceros, en el supuesto de representación legal, siendo en este caso los requerimientos para obtener el beneficio remitidos al representado.
Independientemente de la disponibilidad de recursos para pleitear, el derecho a la asistencia jurídica gratuita se reconoce a:
- Las víctimas de violencia de género
- Víctimas de terrorismo
- Las víctimas de la trata de seres humanos
- Aquellos que como resultado de un accidente acrediten la existencia de secuelas de carácter permanente que les imposibiliten por completo la ejecución de las actividades propias de su actividad laboral o profesional habitual y precisen de la ayuda de otras personas para la práctica más esenciales de la vida diaria, con el fin de reclamar una indemnización por los daños personales y morales sufridos.
Las personas jurídicas que demuestran no tener recursos suficientes para litigar:
- Por personas jurídicas entendemos: Las asociaciones de utilidad pública contempladas en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, de regulación para el Derecho de Asociación y las Fundaciones que estén inscritas en el Registro Público correspondiente.
Las que acrediten la insuficiencia de recursos para litigar:
- Que carezcan de patrimonio suficiente, siendo el resultado económico de la entidad en cómputo anual menor a la cantidad equivalente a tres veces el IPREM.
Independientemente de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a:
- Cruz roja
- Las asociaciones de consumidores y usuarios
- Asociaciones de utilidad pública cuyo objeto sea la promoción y defensa de los derechos de los discapacitados conforme a lo indicado en el artículo 1.2 de la ley 51/2003, de 2 de diciembre, sobre igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Lectura de Interés
Documentación para solicitar un Abogado de Oficio en Huelva
- Copia del DNI/NIE/Pasaporte
Prueba documental de la situación laboral:
- Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia de las 2 últimas nóminas.
- Trabajador por cuenta propia: Fotocopia de las Declaraciones trimestrales del ejercicio en curso.
- Desempleado: Certificación de la renta negativa expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
En el caso de estar casado o ser pareja de hecho registrada se deberá presentar también (salvo que existan intereses familiares contrapuestos en el litigio para el que se solicita la asistencia jurídica gratuita, como separación, divorcio, medidas de hijos):
- Fotocopia del DNI/NIE/PASAPORTE del cónyuge o de la pareja de hecho registrada.
- Documento que certifique la situación laboral del cónyuge o de la pareja de hecho.
- Trabajador por cuenta ajena: Copia de las 2 últimas Nóminas.
- Trabajador por cuenta propia: Copia de las Declaraciones de cada trimestre del año fiscal en curso.
- Desempleado: Certificación de la renta negativa emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Asimismo, el cónyuge o pareja de hecho registrada tendrá que firmar la solicitud de asistencia jurídica gratuita.
Si procede, fotocopia de:
- Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas de Tutela, Custodia y Alimentos del Menor no Matrimonial.
- Resolución por la que se agota la vía administrativa previa en la jurisdicción laboral y que permite concurrir a los Juzgados de lo Social.
- Resolución agotando la vía administrativa y posibilitando el recurso a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
- Notificación de la citación para personarse en un procedimiento judicial ya iniciado.
Lectura de Interés
Prestaciones y Beneficios comprendidos en el derecho a la asistencia jurídica gratuita en Huelva
Las personas que estén buscando asesoramiento jurídico tienen el derecho de beneficiarse de las siguientes prestaciones o de una parte de ellas, las cuales se encuentran recogidas en el artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita:
- La asistencia de un letrado al detenido, preso o imputado.
- Tasas.
- Asesoramiento y ayuda previa.
- La representación y la asistencia letrada.
- El pago de depósitos y tasas por la presentación de recursos.
- Bonificación del 80% de las tasas relativas a las escrituras públicas y a la obtención de copias y testimonios.
- Rebaja del 80% de las tasas que corresponden a la obtención de notas, certificaciones, anotaciones e inscripciones en el Registro de la Propiedad y Mercantil.
- Asesoramiento y asistencia pericial en el proceso.
El defensor de oficio está habilitado para exigir sus honorarios, siempre que el beneficiario de la justicia gratuita resulte favorecido en el litigio, consiguiendo un rendimiento económico y no haya un dictado explícito de las costas en la sentencia.
Igualmente, tendrá la potestad de reclamar sus honorarios si la Comisión de Justicia Gratuita rechaza la petición del demandante y se ha realizado una designación provisional de abogado, estando dicha designación provisional carente de efectos, existiendo la posibilidad de que el abogado reclame los honorarios ocasionados por la gestión realizada hasta la denegación definitiva de la petición.
Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Huelva
Adjuntamos los formularios relativos a cada trámite en formato PDF, que se pueden descargar, cumplimentar y entregar en la delegación correspondiente del Servicio de Orientación Jurídica de Huelva.