Abogado de Oficio Jaén

Desde el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de Jaén se atiende a los ciudadanos y se les proporciona orientación jurídica además de gestionar la tramitación del acceso al derecho de asistencia jurídica gratuita de todos aquellos vecinos que demuestren insuficiencia de recursos económicos para litigar.

Como solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Jaén

Mediante la presentación del Formulario de Solicitud y del Anexo al Formulario debidamente completados que le serán entregados, así como las Directrices para su realización, además se debe de adjuntar toda la documentación correspondiente en cada caso.

En caso de que los datos no sean correctos o los fallos en los que se haya incurrido, incluyendo la entrega deficiente de la documentación, se podrá corregir en un plazo de 10 días a partir de la fecha en que se presente el requerimiento de subsanación. Si no se hace así, la solicitud será archivada por el SOJ.

Las sedes oficiales del SOJ en Jaén en las que se puede presentar el impreso y la documentación son las que se indican a continuación.

Dónde Solicitar Abogado de Oficio en Jaén

Para acceder a la asistencia jurídica gratuita en Jaén, hay que dirigirse al Colegio de Abogados de Jaén o al Servicio de Orientación Jurídica más próximo a su lugar de residencia:

Ilustre Colegio de Abogados de Jaén

Mapa Colegio de Abogados Jaén

Servicio de Orientación Jurídica Jaén (Palacio de Justicia)

  • Dirección: C/ Arquitecto Berges, 16 Cp. 23007, Jaén
  • Horario: De lunes a jueves de 09:00 a 14:00 h.
  • Teléfono: 953 03 15 62
Mapa Servicio de orientación juridica Jaen

Servicio de Orientación Jurídica Úbeda

  • Dirección: Plaza Vazquez de Molina, 4 CP. 23000, Úbeda
  • Horario: De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h.
  • Teléfono: 953 791 503
Mapa Servicio de Orientación Jurídica Úbeda

Servicio de Orientación Jurídica Linares

  • Dirección: C/Cánovas del Castillo, 49 Cp. 23700, Linares
  • Horario: De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h.
  • Teléfono: 953 650 357
Mapa Servicio de orientacion jurídica Linares

Servicio de Orientación Jurídica Andújar

  • Dirección: Altozano Arzobispo José Manuel Estepa Yaguen, s/n CP. 23740, Andújar
  • Horario: De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h.
  • Teléfono: 953 504 173

¿Quién puede solicitar un Abogado de Oficio en Jaén?

Personas Físicas:

  • Por personas físicas se entiende: Ciudadanos españoles, los nacionales de otros Estados de la Unión Europea y los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España.

Quienes acrediten recursos insuficientes para litigar:

  • Aquellas personas que, carentes de un patrimonio suficiente, cuenten con recursos económicos brutos y rentas, computadas de forma anual, por todos los conceptos y por unidad familiar, que no excedan de los siguientes umbrales:
Unidad FamiliarIPREMTotal Anual
1 MiembroX213.557,60 €
Max 3 MiembrosX2.516.947 €
4 Miembros o Familia NumerosaX320.336,40 €
Casos Excepcionales*X533.894

Lectura de Interés

La valoración de los recursos económicos se efectuará de forma individual si el solicitante demuestra la existencia de intereses familiares opuestos en el pleito para el que se solicita la ayuda, tales como la separación o el divorcio.

A efectos de valorar la existencia de patrimonio se tomará en consideración la titularidad de bienes inmuebles cuando constituyan la residencia habitual del solicitante, al igual que los rendimientos del capital mobiliario.

(*) Casos Excepcionales:

  • Las circunstancias de la familia del solicitante, el número de hijos o familiares a cargo, los gastos judiciales y otros costes derivados de la apertura del procedimiento, u otros de naturaleza análoga, valorados objetivamente y, en todo caso, siempre que el solicitante tenga la condición de ascendiente de familia numerosa de categoría especial.
  • Las circunstancias de salud del solicitante y de las personas con discapacidad indicadas en el punto 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, de no discriminación y de acceso universal de las personas con discapacidad, al igual que las personas a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre y cuando las actuaciones estén vinculadas a las citadas circunstancias de salud o discapacidad que justifican este reconocimiento excepcional.

La defensa de sus propios derechos o intereses en el litigio:

La asistencia jurídica gratuita en Huelva únicamente puede concederse para pleitos en defensa de los intereses de terceros, en el supuesto de representación legal, siendo en este caso los requerimientos para obtener el beneficio remitidos al representado.

Independientemente de la disponibilidad de recursos para pleitear, el derecho a la asistencia jurídica gratuita se reconoce a:

  • Las víctimas de violencia de género.
  • Víctimas de terrorismo.
  • Las víctimas de la trata de seres humanos.
  • Aquellos que como resultado de un accidente acrediten la existencia de secuelas de carácter permanente que les imposibiliten por completo la ejecución de las actividades propias de su actividad laboral o profesional habitual y precisen de la ayuda de otras personas para la práctica más esenciales de la vida diaria, con el fin de reclamar una indemnización por los daños personales y morales sufridos.

Las personas jurídicas que demuestran no tener recursos suficientes para litigar:

  • Por personas jurídicas entendemos: Las asociaciones de utilidad pública contempladas en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, de regulación para el Derecho de Asociación y las Fundaciones que estén inscritas en el Registro Público correspondiente.

Las que acrediten la insuficiencia de recursos para litigar:

  • Que carezcan de patrimonio suficiente, siendo el resultado económico de la entidad en cómputo anual menor a la cantidad equivalente a tres veces el IPREM.

Independientemente de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a:

  • La Cruz roja Española.
  • Las asociaciones de consumidores y usuarios.
  • Asociaciones de utilidad pública cuyo objeto sea la promoción y defensa de los derechos de los discapacitados conforme a lo indicado en el artículo 1.2 de la ley 51/2003, de 2 de diciembre, sobre igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Documentación para solicitar un Abogado de Oficio en Jaén

El solicitante debe aportar junto con la solicitud y el anexo a la correspondiente, los siguientes documentos:

  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte.
  • Certificado del IRPF de Hacienda correspondiente al último ejercicio o comprobante de su no presentación.
  • Informe de Patrimonio expedido por la Agencia Tributaria.
  • Copia del Libro de Familia.
  • Certificación de convivencia del Ayuntamiento.
  • Boletín de empadronamiento del Ayuntamiento.
  • Certificado de signos externos del Ayuntamiento.
  • Informe de vida laboral.
  • Certificación de pensiones.
  • Si el solicitante es titular de una vivienda en alquiler, el contrato de alquiler de la vivienda y el resguardo del pago de la renta correspondiente.
  • En caso de que la vivienda sea en propiedad del solicitante o de su familia, el título de la misma.
  • Con carácter general, la documentación que acredite los datos relativos a la situación económica del solicitante y su unidad familiar, así como sus circunstancias familiares y personales.

Otra documentación especifica dependiendo de la materia:

  • Separación o Divorcio: Sentencia que recoja legalmente dicha condición y, en su caso, el convenio regulador.
  • Pensión Alimenticia: Sentencia judicial que reconozca tal derecho u obligación.
  • Trabajador por cuenta ajena: Certificado de la empresa de los conceptos salariales o copia de las últimas 4 nóminas.
  • Autónomo: Comprobante de las 4 últimas liquidaciones de IVA e IRPF.
  • Desempleado: Certificado del SEPE de la demanda de empleo sobre las prestaciones o subsidios percibidos, importe y duración, o en su defecto, de no recibirlos.
  • Pensionista o perceptor de algún subsidio: Informe de su adjudicación, periodo de duración y cuantía.
  • En procedimientos penales contra la seguridad del tráfico (alcoholemia): Copia del permiso de conducir, de la póliza del conductor y del vehículo donde se mencione la defensa jurídica.

Lectura de Interés

Prestaciones y Beneficios comprendidos en el derecho a la asistencia jurídica gratuita en Jaén

Las personas que estén buscando orientación jurídica gratuita tienen el derecho de beneficiarse de las siguientes bonificaciones o de una parte de ellas según la materia, las cuales se mencionan en el artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita:

  • La asistencia de un letrado al detenido, preso o imputado.
  • Tasas.
  • Asesoramiento y orientación previa.
  • Representación y asistencia letrada.
  • El pago de depósitos y tasas por la presentación de recursos.
  • Rebaja del 80% de las tasas relativas a las escrituras públicas y a la obtención de copias y testimonios.
  • Rebaja del 80% de las tasas que corresponden a la obtención de notas, certificaciones, anotaciones e inscripciones en el Registro de la Propiedad y Mercantil.
  • Asesoramiento y asistencia pericial en el proceso.

El defensor de oficio está habilitado para exigir sus honorarios, siempre que el beneficiario de la justicia gratuita resulte ganador en el litigio, llevándose un rendimiento económico y no haya un dictado explícito de las costas en la sentencia.

Del mismo modo, tendrá la virtud de reclamar sus emolumentos si la Comisión de Justicia Gratuita deniega la petición del demandante y se ha realizado una designación provisional de abogado, estando dicha designación provisional carente de efectos, existiendo la posibilidad de que el abogado reclame sus tasas ocasionadas por la gestión realizada hasta la denegación definitiva de la petición.

Formularios para Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Jaén

Anexamos los impresos para cada trámite en versión PDF, los cuales deberán descargar, rellenar y presentar en la delegación correspondiente del Servicio de Orientación Jurídica de Jaén.

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