Abogado de Oficio León

El Ilustre Colegio de Abogados de León, por medio de su Servicio de Orientación Jurídica, se responsabiliza de la resolución de las peticiones para acceder a un abogado de oficio en León, para lo cual es requisito indispensable reunir un conjunto de circunstancias personales y económicas requeridas por la ley, de las cuales informamos a continuación.

Como pedir un Abogado de Oficio en León

El Servicio de Orientación Jurídica de León regula la prestación de asistencia jurídica gratuita, para poder ejercer nuestro derecho es necesario solicitar información y cita previa antes de realizar cualquier trámite, para ello se dispone de los siguientes teléfonos:

SOJ León

  • Teléfono Cita Previa: 659 331 945
  • Horario: De lunes a viernes de 09:00 a 11:00 h.

SOJ Ponferrada

  • Teléfono Cita Previa: 987 429 304
  • Horario: Lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 13:30 h.

También puedes acudir presencialmente a cualquiera de las delegaciones del servicio de orientación jurídica de la provincia de León que a continuación te mostramos.

Dónde solicitar Abogado de Oficio en León

Seguidamente, vamos a indicar qué sedes son las que tramitan la solicitud de asesoramiento jurídico gratuito en León y en qué lugar se localizan.

Ilustre Colegio de Abogados León

Mapa Colegio de Abogados León

Ilustre Colegio de Abogados León sede (Ponferrada)

  • Dirección: Avda. Huertas del Sacramento, 19 CP. 24402, Ponferrada
  • Horario: De lunes a jueves de 09:00 a 14:00 h y de 17:00 a 19:00 h, viernes de 08:00 a 15:00 h.
  • Teléfono: 987 40 16 19
  • Página Web: www.ical.es
Mapa Colegio de Abogados Ponferrada

¿Quién tiene derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita en León?

Dentro de los márgenes y en el ámbito de aplicación previstos en esta Ley y en los tratados y acuerdos de derecho internacional sobre la materia en los que España participe, tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita:

  • Los españoles, los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se hallen en España cuando demuestren no tener recursos suficientes para litigar.
  • Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, en cualquier
  • caso.
  • En el orden jurisdiccional social, además, los trabajadores y beneficiarios del sistema de la Seguridad Social, ya sea para la defensa en juicio como para el ejercicio de las actuaciones para la efectividad de los derechos laborales en el proceso concursal.
  • Igualmente, se les reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a los trabajadores y beneficiarios del sistema de la Seguridad Social para pleitear en esta materia ante los tribunales administrativos.
  • En el ámbito del orden contencioso-administrativo, así como en el proceso administrativo previo, las personas extranjeras que demuestren no tener recursos suficientes para litigar contarán con el derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la defensa y representación gratuitas en los procesos que puedan dar lugar a la denegación de su entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, y en todos los trámites de asilo.
  • En los procesos judiciales transfronterizos en materia civil y mercantil, las personas físicas mencionadas en el Capítulo VIII de esta Ley, en los términos previstos en la misma.

Podrán acudir las siguientes personas jurídicas cuando demuestren insuficiencia de recursos para litigar:

  • Las Asociaciones de interés público, previstas en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2000, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
  • Las fundaciones que estén inscritas en el Registro Público correspondiente.

Para obtener más información:

Requisitos económicos para solicitar Asesoramiento Jurídico en León

Tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita en León las personas físicas que cumplan los requisitos: que carentes de patrimonio adecuado, presenten ingresos y recursos económicos brutos, computados en términos anuales por todos los conceptos y por unidad familiar, que no excedan los siguientes valores:

Unidad FamiliarIPREMTotal Anual
1 MiembroX213.557,60 €
Max 3 MiembrosX2.517.097
4 Miembros o Familia NumerosaX320.516,4
Casos Excepcionales*X533.894 €

Lectura de Interés

El conjunto familiar se compone de los cónyuges que no están legalmente separados, el padre, la madre y los hijos que aún permanecen residiendo dentro de la unidad familiar.

(*) Casos especiales: Se consideran como familia numerosa aquellas de carácter especial que tengan más de 5 hijos, para mayor información sobre las excepciones contempladas en la ley:

Documentación para pedir Asistencia Jurídica Gratuita en León

La documentación requerida para solicitar un abogado de oficio en León, debe ir acompañada de un formulario de solicitud debidamente cumplimentado y aportar todo el papeleo que se indica seguidamente:

  • Copia de las últimas 4 nóminas o justificante de ingresos del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Castilla-León.
  • Copia de la última declaración del IRPF y Patrimonio.
  • Fotocopia de la última declaración trimestral del IRPF e IVA.
  • Certificado del SEPE con las prestaciones percibidas en caso de haberlas.
  • Vida Laboral emitida por la TGSS.
  • Permiso de conducir o justificante de la Jefatura Provincial de Tráfico
  • Certificado de empadronamiento.
  • Copia del libro de familia.
  • Fotocopia del DNI o NIE.
  • Copia de la sentencia en caso de separación o divorcio.
  • Copia de la demanda.
  • Certificado de valores, activos financieros, saldo y movimientos de la cuenta bancaria donde figure como titular en el último año.

Materias donde se puede solicitar Orientación Jurídica Gratuita en León

Las materias en las que el Servicio de Orientación Jurídica y el Ilustre Colegio de Abogados de León actúa de manera eficiente y con arreglo a la ley son:

  • Penal: Turno Penal General, Penitenciario, de Menores, del Jurado y Constitucional.
  • Civil: Turno Civil General, Familia, Menores y Constitucional.
  • Administrativo: Turno General Administrativo, Refugiados, Extranjería y Constitucional.
  • Social: Turno General Social y Constitucional
  • Violencia de Género: Incluye los órdenes jurisdiccionales penal, civil, de familia y de violencia de género.

Beneficios del Asesoramiento Jurídico Gratuito en León

Las personas solicitantes de asistencia jurídica en León tienen derecho a disfrutar de los siguientes beneficios, que se contemplan en el artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita:

  • Asistencia de abogado al detenido, preso o imputado.
  • Honorarios.
  • Asesoramiento y consejo previo.
  • Representación y asistencia letrada.
  • Pago de depósitos y tasas por la interposición de recursos.
  • Reducción del 80% de las tasas por escrituras públicas y por obtención de copias y testimonios.
  • Reducción del 80% de las tasas relativas a la obtención de notas, certificaciones, anotaciones e inscripciones en el Registro de la Propiedad y Mercantil.
  • Orientación y asesoramiento pericial en el procedimiento.

La abogacía de oficio tendrá derecho a reclamar sus honorarios, siempre y cuando el beneficiario de la justicia gratuita se vea favorecido en el litigio, obteniendo un beneficio económico y no exista un dictado explícito de las costas en la sentencia.

Asimismo, tendrá derecho a reclamar sus honorarios si la Comisión de Justicia Gratuita desestima la solicitud del peticionario y se ha realizado una designación provisional de abogado, sin que dicha designación provisional surta efecto, siendo factible que el abogado reclame los honorarios devengados por la gestión realizada hasta la desestimación definitiva.

Formulario para Solicitar Abogado de Oficio en León

Adjuntamos el formulario de inscripción en PDF para solicitar un abogado de oficio en León, que deberá rellenar y entregar en el Servicio de Orientación Jurídica más próximo a su domicilio:

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