
¿Cómo solicitar un abogado de oficio?
Te explicamos todo lo que debes saber si quieres solicitar un abogado de oficio en España: pasos a seguir, cómo solicitar asistencia jurídica gratuita, designación de abogado de oficio, y más.
Para saber cómo solicitar un abogado de oficio se deben tener en cuenta varios detalles.
Esta figura tiene como finalidad asistir a las personas que, necesitando la defensa de sus intereses, no puedan tener un abogado por sí mismas.
El abogado de oficio es asignado por la Administración Pública, pero el interesado debe solicitarlo siguiendo unos pasos concretos. Se enmarca dentro del derecho de asistencia jurídica gratuita.
La situación más frecuente es la carencia de recursos económicos, sin embargo, no es la única causa para la justicia gratuita.
Pasos a seguir para solicitar un abogado de oficio
Para solicitar un abogado de oficio se deben cumplir los siguientes pasos:
- Comprobar que se cumplen los requisitos para solicitarlo. Se deben cumplir condiciones relacionadas con la carencia de recursos o pertenencia a un colectivo específico, además de litigar por derecho propio y presentar una causa defendible.
- Solicitar asistencia jurídica gratuita en los organismos correspondientes. Dedicaremos un párrafo en especial a este importante punto.
- Presentar la documentación necesaria. Es preciso presentar documentación que acredite la identidad, domicilio, ingresos y otra relacionada con cargas inmobiliarias y situación laboral o respecto de la Seguridad Social. Además, cualquier otro documento relacionado con el juicio. Por ejemplo, si se trata de un accidente de tránsito, el permiso de conducir o documentación del seguro.
Solicitud de la asistencia jurídica gratuita
La solicitud puede realizarse, dependiendo del momento en que se presenta:
- Ante el juzgado de la jurisdicción que corresponda.
- Ante el juez.
- En el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de su domicilio.
La solicitud puede presentarse antes o después de iniciado el juicio.
- Con anterioridad: en el juzgado o el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados más cercano al domicilio. Dicho servicio tiene la misión de informar detalladamente los requisitos para obtener los servicios de un abogado de oficio.
- Con posterioridad: se debe solicitar directamente al juez. Se recomienda en estos casos solicitar a la vez la suspensión de los procedimientos y plazos legales hasta contar con el abogado. De lo contrario, los mismos continuarán.
Designación del abogado de oficio
Una vez presentada la solicitud será evaluada y, en caso de aprobarse, se notificará al quien lo solicita. El servicio incluye defensa y representación gratuitas, es decir que se asignará un abogado y un procurador, en este caso cuando la intervención sea requerida legalmente.
No pueden actuar conjuntamente un abogado de oficio y un procurador elegido libremente o viceversa, excepto que el profesional libremente elegido actúe ad-honorem, es decir, renunciando a sus honorarios, ante el solicitante y el Colegio de Abogados de su inscripción.
Sin embargo, en los procesos penales la persona detenida e investigada tiene derecho a la designación de un abogado de oficio, más allá de su situación económica.
Es importante tener en cuenta que el ciudadano que se acoge al servicio de asistencia jurídica gratuita no elige al abogado de oficio, sino que el mismo es designado entre los abogados que se encuentren de turno de oficio dentro del tipo de litigio y domicilio informados por el solicitante.
Los turnos de oficio son organizados por las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados. El procedimiento está regulado por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Aplica a todo tipo de procesos judiciales. El turno de oficio es obligatorio para los abogados y procuradores, si bien deben cumplir ciertos requisitos.
Nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita
El servicio de abogados de oficio está determinado por la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita. El procedimiento está regulado por el Real Decreto 141/2021, Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.
Es de aplicación a todo tipo de procesos en los tribunales en todo el territorio nacional, y de las comunidades autónomas a las que no se hayan traspasado los medios de administración de justicia.
Este Reglamento deroga el anterior, del año 2003, así como otras normas reglamentarias, incorporando varias innovaciones, a saber:
- Creación del Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita. Este nuevo instituto tiene como objetivo coordinar la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita entre las distintas administraciones públicas, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de Procuradores de los tribunales de España.
- Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita. Estas comisiones estarán compuestas por los decanos del Colegio de Abogados y Colegio de Procuradores de la comunidad o quienes ellos designen, y dos miembros designados por las administraciones públicas de las que depende, excepto en la Comunidad de Madrid, que conformará la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita. Estará integrada por los mencionados decanos de la Comunidad de Madrid, un abogado o abogada del Estado y un funcionario o funcionaria del Ministerio de Justicia perteneciente a cuerpos o escalas del subgrupo A1.
- Protección de datos. Se incorpora un nuevo formulario de autorización o revocación expresa del solicitante, para consultar y recabar datos sensibles como la información económica, fiscal, patrimonial y social de la unidad familiar, por los Colegios de Abogados y Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita. De esta manera, el tratamiento de los datos pasa a realizarse según lo establecido por el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo.
- Sustitución del profesional designado. El solicitante tiene derecho a solicitar el nombramiento de nuevos profesionales en reemplazo de los que le fueron asignados, mediante una petición debidamente justificada. La petición no suspende el ejercicio del abogado o procurador de oficio sino hasta que se confirme la designación de los nuevos. La solicitud es evaluada por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, pudiendo ser estimada o desestimada.
- La compensación de carácter indemnizatorio que reciben los profesionales del turno de oficio se abonará mensualmente en las comunidades autónomas que no han asumido competencias en materia de administración de justicia, es decir: Castilla-La Mancha, Castilla y León, Murcia, Baleares, Extremadura, Ceuta y Melilla.
- Requisitos generales mínimos exigibles a abogados y procuradores. El Reglamento establece los requisitos mínimos que deben cumplir abogados y procuradores para actuar de oficio. Entre estos se encuentran la antigüedad en la profesión, pruebas de acceso, realizar cursos de formación y tener su despacho único o principal en el ámbito del Colegio o en el territorio en el que vayan a actuar en el caso de los procuradores.
¿Hay que pagar al Abogado de Oficio?
El derecho a disponer de un abogado de oficio está contemplado en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, donde se establece el derecho a la asistencia jurídica gratuita para aquellos ciudadanos que cumplan ciertos requisitos. Esta asistencia jurídica gratuita contempla la participación de un abogado si fuese necesario, los dictámenes periciales y todos los demás costes que exija el proceso judicial.
Actualmente, los letrados perciben una compensación de gastos por sus servicios, que es abonada por la administración pública. De este modo, el defensor de oficio no tiene que ser pagado por el solicitante, exceptuando algunos casos.
Te explicamos más en nuestro post: ¿Hay que pagar al abogado de oficio?
Elige tu Provincia para Solicitar un Abogado de Oficio
A continuación te mostramos un mapa con todas las provincias donde puedes pedir un Abogado de Oficio en tu ciudad: